¿Será acaso Diana Osorio Vanegas la imputada Número 56?

En una democracia, la veracidad de la información pública no es un ideal abstracto: es la piedra angular que sostiene la confianza ciudadana en las instituciones y en los actores políticos. Por eso, cuando el Partido del Trabajo de Colombia denuncia que una comunicación atribuida a Diana Osorio Vanegas —en la que se presentaría como avalada para la candidatura presidencial— es falsa, no se trata de un simple cruce de tuits o de una disputa de redes sociales: es un llamado de alerta sobre cómo circula la información en la arena política y qué riesgos tiene este fenómeno para la reputación pública y la transparencia del proceso electoral.

Los hechos son simples, aunque preocupantes. El Partido del Trabajo ha señalado expresamente —a través de su canal oficial en X— que una comunicación en la que Osorio Vanegas afirma contar con su aval para aspirar a la Presidencia es falsa. Si esta afirmación no fue emitida por el partido en cuestión, entonces estamos ante un caso de información fabricada o manipulada, con el potencial de confundir a los electores, distorsionar percepciones y desequilibrar la contienda democrática.

Este tipo de falsedad no es un asunto menor. En Colombia, la falsedad en documento público —incluidos documentos con capacidad probatoria o aquellos utilizados en procesos que afectan la esfera jurídica de terceros— puede acarrear consecuencias legales severas, precisamente porque socava la confianza social en lo que se presenta como legítimo y auténtico. La regulación penal y administrativa colombiana contempla sanciones para quienes utilizan documentos falsos que puedan servir de prueba o generar efectos frente a terceros.

Por supuesto, también hay un campo interpretativo que se abre entre lo técnicamente falso, lo engañoso y lo malintencionado. Desde el punto de vista jurídico, la falsedad puede darse de múltiples formas —material o ideológica— y su tipificación depende de si el documento alterado o supuestamente emitido genera un perjuicio concreto o tiene relevancia probatoria. En política, el daño puede ser más difuso, pero no por eso menos real: erosiona la confianza en los procesos democráticos y alimenta una narrativa de desinformación que fortalece a quienes quieren ver la política como un “juego de estrategia” más que como un servicio cívico.

La información había sido dada a conocer en horas de la tarde del 27 de enero, a solo horas de haber sido rechazada la inscripción de la candidatura de DANIEL QUINTERO CALLE por parte de la registraduría y a solo minutos de solicitarse en audiencia la medida privativa de la libertad del director del AMVA de Quintero, Juan David Palacio que se convertiría en el imputado número 55 del entramado de presunta corrupción, proceso en el cual también fue mencionado MIGUEL QUINTERO CALLE, cuñado de la ahora “falsa avalada”

Y a pesar de haber sido grabado a plena luz del día, consistente con el momento en que fue rechazada la inscripción de DANIEL QUINTERO, el video fue solo publicado tras conocerse la decisión de la Fiscalía dentro del proceso.

Vale la pena también contextualizar este episodio en una época en la que la política colombiana se encuentra en plena efervescencia, con múltiples campañas, precandidaturas y movimientos en marcha hacia las elecciones presidenciales de 2026. Cuando circulan mensajes que aparentan ser oficiales sin haber sido emitidos por quien dicen representar, se activa un efecto perverso: la confusión del elector. Y cuando la confusión se convierte en moneda corriente, la deliberación informada —base de una ciudadanía activa— pierde claridad.

A solo un par de horas de conocerse la falsedad anunciada, se informa de un “nuevo aval” que fue ofrecido a la Exgestora y compañera del acusado Daniel Quintero, esta vez por parte del “partido ecologista”, en lo que parece más un circo y una feria de avales que una contienda política, el anuncio fue aceleradamente replicado por los más cercanos de Quintero a través de sus redes sociales, mientras se generan llamados a los entes de control para realizar acciones en pro de la legalidad, en lo que podría convertir a DIANA OSORIO VANEGAS en sujeto de acciones penales.

Además, la utilización de medios digitales para difundir declaraciones supuestamente oficiales hace que esta disputa trascienda cualquier debate interno de partido y se convierta en asunto de interés público, pues involucra no solo reputaciones individuales, sino la calidad del debate democrático. Al final, más allá de si este documento es o no formalmente falso en términos legales —eso deberá decidirlo una autoridad competente si llega a presentarse una denuncia penal o disciplinaria— lo que este caso pone sobre la mesa es una pregunta esencial: ¿qué horizonte ético queremos para la política colombiana? Si queremos una democracia robusta, nuestra respuesta debe ser contundente: la verdad importa y la sanción social también.

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