La decisión del Juzgado 38 Penal Municipal con función de control de garantías de Medellín de avalar un principio de oportunidad a favor de un exfuncionario, dentro de una de las investigaciones más sensibles por presuntas irregularidades en la contratación pública del Área Metropolitana del Valle de Aburrá, no puede analizarse como un simple trámite procesal. Se trata de una decisión que impacta directamente la narrativa institucional sobre la lucha contra la corrupción en Medellín y su área metropolitana durante la administración de Daniel Quintero Calle.

Según la propia Fiscalía General de la Nación, los hechos investigados ocurrieron entre mayo de 2020 y octubre de 2022 e involucran contratos interadministrativos celebrados entre el Área Metropolitana del Valle de Aburrá (AMVA) y Metroparques, relacionados con el mantenimiento del Parque de las Aguas, por valores que superan los 17.000 millones de pesos, además de un contrato adicional por 7.000 millones de pesos para la construcción de una bodega cuya necesidad real, según el ente acusador, nunca fue acreditada.

Estamos hablando de recursos públicos, de decisiones administrativas adoptadas durante una administración que se autoproclamó como abanderada de la transparencia y del cambio, y de una cadena de responsabilidades que alcanza a exdirectivos, exfuncionarios y contratistas. En ese contexto, la suspensión de la acción penal frente a uno de los investigados, mediante el principio de oportunidad, merece un escrutinio público riguroso, pues en este proceso están involucradas personas cercanas a Miguel Quintero, hermano del exalcalde, quien en los últimos meses se ha mostrado desesperado por conocer la existencia de procesos en su contra por parte de la Fiscalía.


La Fiscalía ha sostenido que el beneficiario del principio de oportunidad aportará información relevante sobre el esquema investigado, incluyendo datos sobre siete contratos adicionales que habrían derivado en tres imputaciones en un caso conexo que involucra al AMVA y al Cuerpo de Bomberos de Itagüí. Sin embargo, para la ciudadanía, esta lógica plantea una pregunta incómoda: ¿hasta qué punto la persecución penal de la corrupción termina dependiendo de acuerdos individuales que suspenden responsabilidades penales a cambio de información cuya eficacia aún no ha sido probada?
Más preocupante aún es el mensaje institucional que se envía cuando, en procesos de esta magnitud, la acción penal se suspende mientras el grueso de los responsables continúa en juicio. La lista de acusados —que incluye exsubdirectores financieros, exgerentes, jefes de compras, secretarios generales, líderes de programas y representantes legales de empresas contratistas— evidencia que no se trató de hechos aislados, sino de un entramado administrativo y contractual complejo, con múltiples niveles de decisión.
El principio de oportunidad, en estos casos, solo se justifica si permite escalar realmente la investigación hacia los máximos responsables políticos y administrativos, hacia quienes ordenaron el gasto, diseñaron los contratos o se beneficiaron estructuralmente de ellos. De lo contrario, el riesgo es evidente: que la figura termine operando como un mecanismo de fragmentación de la responsabilidad penal, donde algunos colaboran, otros negocian y el sistema nunca alcanza a responder la pregunta esencial: ¿quién diseñó y permitió el esquema?
La decisión judicial, aunque legal, no puede quedar blindada frente al debate público. La transparencia exige que la Fiscalía explique con claridad qué obtiene el Estado a cambio de suspender una acción penal, cuáles son los resultados esperados de la colaboración y cómo se garantizará que esta información no se convierta en una moneda de cambio sin efectos reales. La legalidad de una decisión no siempre equivale a su legitimidad social. Y en un caso que involucra más de 24.000 millones de pesos en contratos cuestionados, entidades públicas estratégicas y una administración local bajo fuerte escrutinio histórico, el país tiene derecho a algo más que silencios procesales y suspensiones temporales: tiene derecho a verdad completa, responsabilidades claras y sanciones proporcionales.